domingo, 9 de mayo de 2010

NORMAS SUPRANACIONALES, ¿EJEMPLO A SEGUIR?

Muchas veces se nos ha repetido que las normas internas deben seguir y ser interpretadas acorde a los lineamientos externos que son creados por Órganismos Internacionales y que dictan ordenamientos que en teoría son mejores que los de la legislación interna.

La realidad de los diversos pueblos es distinta, la adopción de normas supranacionales dentro de las legislaciones internas debe hacerse siempre que amplíe las libertades de los individuos, pero hemos reflexionado que una libertad a favor de uno es una restricción en contra de otro; la implementación de normas supranacionales como modelo a seguir para la creación del derecho interno debe realizarse con muchas precauciones; el positivismo buscaba como siempre lo ha hecho la coherencia intra sistémica del ordenamiento jurídico pero al variar una de sus partes necesariamente se crea el caos con las demás normas; se deben adoptar los derechos que nos den una vida mejor al interior del Estado en el que habitemos pero debemos analizar si no se ocasionan más problemas al adoptar estos derechos que los que se están solucionando con los nuevos modelos inspirados en lo externo.

La pérdida de soberanía de los Estados como ya hemos dicho en notas anteriores es una realidad de los Estados de la posmodernidad, es tarea de cada ciudadano el crear o descubrir nuevas formas de protección a las incertidumbres que la vida genera; el derecho ha mostrado ser eficiente en gran medida pero no ha sido totalmente útil y operante, por ello ante una realidad que corre deprisa el individuo y los gobiernos buscan respuestas en el exterior y las encuentran en entes superiores a ellos como si el individuo buscará una respuesta en Dios, el Estado la busca en organizaciones internacionales, adoptando sus ordenamientos ya sea como modelo o dejándolos regir la vida interna.

Los métodos de búsqueda de respuestas a las necesidades sociales se dan de diversos modos, es importante y deseable que el Estado al adoptar las normas externas las haga operantes y coherentes a interior pues aunque pareciera que se trata de un problema teórico en realidad tiene repercusiones prácticas, ejemplos de este tipo de problemas hay muchos por ejemplo la autonomía de las comunidades indígenas y el no reconocimiento total de la diversidad normativa; lo que pensamos debió hacerse en este caso es reconocer su autonomía en toda la extensión que ello implique y no solo reconocer lo que no contradiga al resto pues si se hace esto en el fondo no se les reconocer su derecho a la diversidad y al mantenimiento de su cultura.

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